Bufete de Abogados
Herrera & Morano International P.A.
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La
virtualidad, la acción electrónica, la nueve, la intercomunicación crece sin
medida y control, es como un fantasma, todas las personas la sienten y se
apoyan en ellas, aparece y desaparece, evoluciona a velocidades inimaginables.
No
podemos imaginar cuantas son las personas que a cada segundo sin parar, desde
cualquier lugar del mundo trabajan en la misma idea, programa, software….
Cuando
nos referimos con el término acción electrónica, se significa en la actividad
plural, multi cultural, en la RED a la que todas las sociedades se pegan. Nadie
la domina, carece de dueño y señor, pero cambio el mundo y el
comportamiento humano.
Es
incalculable el peso, la dimensión. Al no poderse visualizar en su totalidad,
es absolutamente imposible reglarla, controlarla.
Se
denomina Derecho a la disciplina que ante la repetida ocurrencia de conductas y
hechos sociales organiza las reglas de comportamiento, en ocasiones con
bastante celeridad y otras con gran dificultad.
La
regulación de las drogas que primeramente tenemos que observar es tangible, ha
sido constante pero la dinámica del asunto nunca ha permitido un verdadero
control.
Es
importante analizar el tiempo necesario para que se apruebe una Ley, el
conocimiento que tiene el juez para comprender la letra pequeña del mundo
virtual o para entender un dictamen pericial al respecto.
Se
sabe que cuando una investigación en el momento en que el editor la entrega en
un volumen esta de hecho entra en lo desactualizados o no sirve para nada.
En
el universo de lo virtual no se puede calcular nunca la utilidad de la idea,
del software, porque es algo que vive en permanente creación y revisión.
Las
abogadas Diana Marcela Marín Osorio y Paula Salazar Arroyave cuando se
preguntaron en sus investigaciones ¿Cuáles son los problemas legales o
jurídicos más relevantes que surgen por motivo del comercio electrónico?
Encontraron como respuesta: “Como problemas jurídicos o legales que surgen por
motivo del comercio electrónico, podemos mencionar: los impuestos aplicables a
las transacciones por el ciberespacio; la protección de los derechos de
propiedad intelectual en la red, la protección de los consumidores, los
contenidos ilegales y uso abusivo de información o datos personales y/o
secretos comerciales. Además, se dan otros de carácter penal por motivo de los
fraudes realizados a través del Internet, la penetración de información
confidencial o secretos comerciales a través de la misma red, los grandes daños
y perjuicios causados por la difusión de cualquier virus, pornografía infantil,
etc.
La
aparición del comercio electrónico obliga claramente a replantearse
muchas de las cuestiones del comercio tradicional, surgiendo nuevos problema, e
incluso agudizando algunos de los ya existentes. En ese catálogo de problemas,
se plantean cuestiones que van, desde la validez legal de las transacciones
y contratos sin papel, la necesidad de acuerdos internacionales
que armonicen las legislaciones sobre comercio, el control de las
transacciones internacionales, incluido el cobro de impuestos; la protección de
los derechos de propiedad intelectual, la protección de los
consumidores en cuanto a publicidad engañosa o no deseada, fraude,
contenidos ilegales y uso abusivo de datos personales, hasta otros
provocados por la dificultad de encontrar información en Internet, comparar
ofertas y evaluar la fiabilidad del vendedor y del comprador en una
relación electrónica , la falta de seguridad de las transacciones y
medios de pago electrónicos, la falta de estándares consolidados, la proliferación
de aplicaciones y protocolo de comercio electrónico incompatibles y
la congestión de Internet.”
Colombia
es un país que se cuenta entre los más avanzado en la regulación jurídica,
asunto que así se ha plasmado en las leyes ya existentes.