Bufete de Abogados

Herrera & Morano International P.A.


La virtualidad, la acción electrónica, la nueve, la intercomunicación crece sin medida y control, es como un fantasma, todas las personas la sienten y se apoyan en ellas, aparece y desaparece, evoluciona a velocidades inimaginables.


No podemos imaginar cuantas son las personas que a cada segundo sin parar, desde cualquier lugar del mundo trabajan en la misma idea, programa, software….


Cuando nos referimos con el término acción electrónica, se significa en la actividad plural, multi cultural, en la RED a la que todas las sociedades se pegan. Nadie la domina, carece de dueño y señor, pero  cambio el mundo y el comportamiento humano.


Es incalculable el peso, la dimensión. Al no poderse visualizar en su totalidad, es absolutamente imposible reglarla, controlarla.


Se denomina Derecho a la disciplina que ante la repetida ocurrencia de conductas y hechos sociales organiza las reglas de comportamiento, en ocasiones con bastante celeridad y otras con gran dificultad.


La regulación de las drogas que primeramente tenemos que observar es tangible, ha sido constante pero la dinámica del asunto nunca ha permitido un verdadero control.


Es importante analizar el tiempo necesario para que se apruebe una Ley, el conocimiento que tiene el juez para comprender la letra pequeña del mundo virtual o para entender un dictamen pericial al respecto.


Se sabe que cuando una investigación en el momento en que el editor la entrega en un volumen esta de hecho entra en lo desactualizados o no sirve para nada.


En el universo de lo virtual no se puede calcular nunca la utilidad de la idea, del software,  porque es algo que vive en permanente creación y revisión.   


 Las abogadas Diana Marcela Marín Osorio y Paula Salazar Arroyave cuando se preguntaron en sus investigaciones ¿Cuáles son los problemas legales o jurídicos más relevantes que surgen por motivo del comercio electrónico? Encontraron como respuesta: “Como problemas jurídicos o legales que surgen por motivo del comercio electrónico, podemos mencionar: los impuestos aplicables a las transacciones por el ciberespacio; la protección de los derechos de propiedad intelectual en la red, la protección de los consumidores, los contenidos ilegales y uso abusivo de información o datos personales y/o secretos comerciales. Además, se dan otros de carácter penal por motivo de los fraudes realizados a través del Internet, la penetración de información confidencial o secretos comerciales a través de la misma red, los grandes daños y perjuicios causados por la difusión de cualquier virus, pornografía infantil, etc.


La aparición del comercio electrónico obliga claramente a replantearse muchas de las cuestiones del comercio tradicional, surgiendo nuevos problema, e incluso agudizando algunos de los ya existentes. En ese catálogo de problemas, se plantean cuestiones que van, desde la validez legal de las transacciones y contratos sin papel, la necesidad de acuerdos internacionales que armonicen las legislaciones sobre comercio, el control de las transacciones internacionales, incluido el cobro de impuestos; la protección de los derechos de propiedad intelectual, la protección de los consumidores en cuanto a publicidad engañosa o no deseada, fraude, contenidos ilegales y uso abusivo de datos personales, hasta otros provocados por la dificultad de encontrar información en Internet, comparar ofertas y evaluar la fiabilidad del vendedor y del comprador en una relación  electrónica , la falta de seguridad de las transacciones y medios de pago electrónicos, la falta de estándares consolidados, la proliferación de aplicaciones y protocolo  de comercio electrónico incompatibles y la congestión de Internet.”


Colombia es un país que se cuenta entre los más avanzado en la regulación jurídica, asunto que así se ha plasmado en las leyes ya existentes. 


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